th (1)

El propósito es renovar 16 de las 32 bancas que componen la Cámara de Diputados. El sufragio es obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 70 años de edad

En total, 1.011.664 personas integran el padrón oficial, de las cuales 507.311 se identifican como mujeres, 504.341 como varones y 12 como género X. La cifra representa un aumento de 13.287 votantes respecto a las elecciones generales de 2023, cuando el padrón alcanzaba los 998.377 electores.

A la vez, para esta ocasión, se incorporan al padrón 19.929 adolescentes de 16 y 17 años, que podrán concurrir si así lo disponen, ya que el voto en ese rango etario es optativo.

La Justicia Electoral dispuso habilitación de 369 locales de votación, a lo largo y ancho del territorio provincial, donde se ubicarán las 2971 mesas.

SIN PRIMARIAS

Durante los comicios se renovarán 16 de las 32 bancas que componen la Cámara de Diputados del Chaco. A diferencia de otras ocasiones, esta elección se desarrollará sin la instancia de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), luego de que fueran suspendidas por un año mediante la Ley Provincial 4130-Q, sancionada por la Legislatura en noviembre de 2024. Esto implica que las alianzas políticas ya definieron sus listas y competirán de forma directa en las urnas.

Participarán once espacios políticos: Chaco Puede + La Libertad Avanza, Frente Chaco Merece Más, Frente Primero Chaco, Partido del Obrero, Movimiento Político, Social y Cultural – Proyecto Sur, Lealtad Popular, Participación Ciudadana, Partido Frente Arraigo, Ahora Vos Chaco, Bases para la Libertad y el Nuevo Espacio Chaco Independiente (Nu.e.ch.i).

QUIÉNES DEBEN VOTAR

Según lo establece la legislación vigente, el voto es obligatorio para todas las personas de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón. No obstante, la ley contempla excepciones. Los jóvenes de 16 y 17 años, así como las personas mayores de 70 años, pueden votar de manera voluntaria.

También están exceptuados de la obligación de sufragar los jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante el acto electoral, los ciudadanos que por razones médicas estén imposibilitados de concurrir a votar —siempre que presenten el correspondiente certificado médico— y quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación, en cuyo caso deberán obtener una constancia policial que acredite su situación.

La secretaria del Tribunal Electoral, Marcela Centurión Yedro, aclaró que las personas privadas de su libertad no están en condiciones de sufragar tanto en las elecciones municipales, como en las provinciales, como el caso de este domingo. En la provincia del Chaco, está pendiente la modificación del artículo 3 de la ley 834-Q, pero hasta que eso no pase, este grupo no podrá participar en las contiendas electorales locales.

¿QUÉ PASA SI NO VOTO?

Para quienes se vean impedidos de votar y estén dentro del grupo obligado, será necesario justificar su ausencia ante la Justicia Electoral del Chaco. En caso contrario, podrían enfrentar consecuencias como la imposición de una multa económica, cuyo monto varía dependiendo de si es la primera infracción o hay antecedentes, así como la imposibilidad de realizar trámites ante organismos del Estado, como la obtención del pasaporte o la postulación a cargos públicos. La justificación debe realizarse dentro del plazo establecido por la Justicia Electoral y puede presentarse de manera presencial o a través de los canales digitales habilitados.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *